Se han enviado notas aclaratorias sobre el recuento de los bienes Inmuebles, Muebles, Intangibles y Semovientes con el objeto del cumplimiento en tiempo y forma de esta obligación
La Resolución N° 167/23 de la Contaduría General establece el nuevo valor mínimo a inventariar, que será aplicable desde el 01 de Agosto del corriente año en adelante
Surge de la consolidación de la información del presupuesto de recursos y de gastos, de los datos patrimoniales informados por el organismo y de los registros financieros de las jurisdicciones y entidades que integran la Administración Pública Provincial
Por la Resolución N° 125/22 de la Contaduría General se estableció el nuevo valor mínimo a inventariar, que será aplicable desde el 01 de Agosto del corriente año en adelante