La ley aprobada surgió del consenso entre el Ministerio de Salud, el Consejo Provincial de Salud Pública y la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN). Delfino destacó en primer lugar la modificación del Artículo 7º, de ingreso al régimen escalafonario.
En este aspecto dijo que “la nueva redacción reconoce la antigüedad en el Estado, lo cual beneficia a los empleados que desarrollan carreras y se perfeccionan, como enfermería, agentes sanitarios y diversos técnicos, los cuales ahora ven reconocida su antigüedad en el inicio de la carrera sanitaria”, señaló el Ministro.
Anteriormente los agentes que registraban antigüedad en el Poder Ejecutivo y se formaban profesionalmente, comenzaban su carrera en el ámbito sanitario desde el nivel inicial. “Ahora hay continuidad y correlación entre las funciones que cumplían en el escalafón de la Ley “L” Nº 1.844 y las que pasan a desempeñar en la Ley L Nº 1.904, atento el desempeño de funciones en el ámbito de Salud Pública o la finalización de la currícula académica universitaria y la obtención de títulos que signifiquen la profesionalización en el ámbito de la salud”, explicó Delfino.
También el ministro expresó que la otra modificación de importancia es la actualización del Artículo 34º de la Ley “L” Nº 1904, de adicionales, suplementos, bonificaciones y compensaciones creados oportunamente en el ámbito del Poder Ejecutivo. En ese sentido, Delfino indicó que “de esta forma se definen e incorporan nuevos adicionales que permitirán atender las nuevas necesidades de los servicios de salud una vez que se definan los aspectos instrumentales en el decreto reglamentario sobre el que ya se trabaja en el Ministerio de Salud”.
Esta modificación define un concepto de adicionales por función crítica con la finalidad de sanear algunas cuestiones distorsionadas, como el pago con puntos de guardia u horas extras la ejecución de una actividad adicional, que pasará a reconocerse dinerariamente como una Actividad Hospitalaria Especial (APE), reservándose el uso de puntos de guardia para su función específica.
Un ejemplo de esta situación es cuando un profesional especialista de un hospital concurre a hacer consultas específicas en otro que carece de esa especialidad. También recordó que se crea otro adicional, de Especialidad de Alto Impacto (EAI) que permitirá abonar, con criterio y sentido transparente, adicionales para especialistas que es necesario tener disponibles permanentemente aun cuando la demanda prestacional es baja, como por ejemplo los neurocirujanos. También se aprobó el incentivo para profesionales de la región sur.
Delfino destacó que otro aspecto sobre el que se avanza es sobre las Residencias. La creación de un nuevo adicional permitirá reglar nuevos complementos vinculados al arraigo transitorio y al soporte financiero a las pasantías entre las diferentes áreas programas que hacen a la formación de los residentes. Esta nueva disposición está direccionada al afrontamiento de los distintos escenarios sociogeográficos de nuestra provincia.
Un beneficio agregado al otorgamiento de estos adicionales será que aumentará su atractivo hacia nuevos ingresantes al llevar el nivel de remuneración a los mismos niveles que otras provincias de la región.
Por último, el Ministro de Salud indicó que “se establece sólo la incompatibilidad de percepción de adicionales, suplementos, bonificaciones y compensaciones por función, dado que existen otros conceptos de naturaleza diversa que no superponen el objeto de la retribución y que pueden acumularse a los fines del pago, como por ejemplo adicionales por título y ubicación y adicional para trabajadores que se desempeñan en la región sur, entre otros, posibilidad que hoy se encuentra legalmente vedada”.